2020_21
Guía docente 
Facultad de Economía y Empresa
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castellano 
Grado en Administración y Dirección de Empresas (CTE) (2009)
 Asignaturas
  DIRECCIÓN FINANCIERA: INVERSIÓN
DATOS IDENTIFICATIVOS 2020_21
Asignatura (*) DIRECCIÓN FINANCIERA: INVERSIÓN Código 16234101
Titulación
Grado en Administración y Dirección de Empresas (CTE) (2009)
Ciclo
Descriptores Cr.totales Tipo Curso Periodo Horarios y datos del examen
6 Obligatoria Segundo 2Q
Modalidad y lengua de impartición Ver grupos de trabajo
Prerrequisitos
Departamento Gestión de Empresas
Coordinador/a
GRAU CASTELL, LAIA
BORRAS BALSELLS, FRANCESC XAVIER
Correo-e laia.grauc@urv.cat
Profesores/as
GRAU CASTELL, LAIA
Web
Descripción general e información relevante

LA DOCENCIA SERÁ PRESENCIAL y seguirá la información incluida en esta guía docente. 

En caso de que no se pueda garantizar la presencialidad total de la asignatura y se contemple un escenario de docencia mixta / híbrida, la adaptación se haría de la siguiente manera:
  • Docencia: En esta asignatura la docencia se hará mediante clases inversas. Es decir, las clases teóricas se harán a distancia y se aprovechará la presencialidad, en primer lugar, para reforzar los conceptos teóricos más complejos y, en segundo lugar, para llevar a cabo las clases más prácticas. 
  • Evaluación: Se sustituirán las pruebas test para ejercicios individuales. 
  • Atención personalizada: La atención personalizada y resolución de dudas se hará por videoconferencia u otros medios electrónicos.

DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA ASIGNATURA 

La asignatura se ocupa de plantear y procurar las herramientas necesarias para poder tomar decisiones de inversión en la empresa. Se estudian en profundidad los criterios llamados clásicos de valoración y selección de inversiones (VAN, TIR, VFN). 

Posteriormente se introduce el riesgo en los proyectos de inversión y se proporcionan las herramientas necesarias para su tratamiento. 


(*)La Guía docente es el documento donde se visualiza la propuesta académica de la URV. Este documento es público y no es modificable, excepto en casos excepcionales revisados por el órgano competente o debidamente revisado de acuerdo la normativa vigente.