Los conocimientos aprendidos durante el curso se evaluarán a través de pruebas objetivas de opción múltiple de respuesta (tipo test). La parte teórica tendrá un peso de un 60% respecto el total de la asignatura y se evaluará mediante dos pruebas, una a mitad de curso y otra una vez finalizada la materia de cara a contribuir a hacer una evaluación continuada y facilitar la tarea de estudio del alumno. Cada prueba tendrá un peso del 30% respecto del total de la parte teórica (60%). La nota de la primera prueba hará media con la nota de la segunda prueba. Es decir, el segundo parcial no servirá para recuperar el primero si no se ha superado. La parte práctica se evaluará a través de una única prueba que tendré lugar a finales de curso y tendrá un peso del 40% respecto de la nota final (20% de los casos prácticos y 20% de los ejercicios y resolución de problemas. La nota final de la asignatura será la nota ponderada de los exámenes teóricos y del práctico. Los alumnos que no superen los exámenes de primera convocatoria tendrán que presentarse a la segunda convocatoria que tendrá lugar el dia 23 de junio de 2015 a las 11h el grupo de mañana y a las 16h el grupo de tarde. Los alumnos que hayan de presentarse a la segunda convocatoria tendrán que examinarse de las dos partes de que consta la materia: teoría y práctica. Será necesario superar como mínimo el 50% de las preguntas (una vez restados los errores) para poder superar la asignatura. La nota máxima del examen de segunda convocatoria será de un 5. Durante las pruebas de evaluación, los teléfonos móviles, tablets i otros aparatos que no sean expresamente autorizados para la prueba, han de estar apagados y fuera de la vista. La realización demostrativamente fraudulenta de alguna actividad evaluativa de alguna asignatura tanto en soporte material como virtual i electrónico comporta al estudiante la nota de suspenso de esta actividad evaluativa. Con independencia de esto, ante la gravedad de los hechos, el centro podrá proponer la iniciación de un expediente disciplinario, que será incoado mediante resolución del rector o rectora. |